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1.Extraterritorialidad aduanera.

 

2.No pago de tributos aduaneros para los bienes de capital, equipos, insumos y repuestos provenientes del exterior.

 

3.Almacenamiento ilimitado de mercancías extranjeras sin el pago de tributos.

 

4.Procesamiento parcial de mercancías en el TAN (Territorio Aduanero Nacional), sin necesidad del pago de tributos y trámites aduaneros.

1.Tarifa única de impuesto de renta del 15 % para usuarios industriales.

 

2.Las ventas del territorio nacional a usuarios industriales de bienes y de servicios, está exenta de IVA (E.T. Art. 481 de la Ley 1004/2005).

 

3.Al pagar los impuestos de renta la empresa, los dividendos en cabeza de los socios, están exentos de renta.

 

 

Según acuerdo 018 de 2012 existen exenciones tributarias por 10 años para empresas que se instalen en Zona Franca tales como:

 

Exención del 100% de impuesto de industria y comercio. (10 años)

Exención del 100% de impuesto predial. (10 años)

Exención de impuesto de delineación urbana.     

REGIMEN FRANCO

ADUANEROS

TRIBUTARIOS

LOCALES

Dirección: Carretera Troncal del Caribe Km. 22 Vía Riohacha

Teléfono: (57+1) 621 84 29 – 616 5263.

Dibulla – La Guajira

info@zofrabrisa.com

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